Hace relativamente poco tiempo que el debate sobre el canon ha llegado a los grandes medios y en consecuencia, a la calle. El problema que veo es que aunque la oposición al canon es prácticamente universal, hay un desconocimiento igual de amplio sobre nuestros derechos en este campo –quizás “gracias? a las campañas de “sensibilización? con las que los gobiernos nos educan para que renunciemos a nuestros derechos en favor del negocio de unos pocos–.
Así que creo que es un buen momento para comentar algunas ideas sobre el canon y sobre lo que podemos y no podemos hacer. Evidentemente, no soy un experto en derecho (y me dejaría matar antes de serlo), así que voy a limitarme a dar algunas pinceladas…
Tienes derecho a copiar
En España existe algo llamado el “derecho a la copia privada?. Este derecho nos habilita para copiar obras musicales sin restricciones, y no sólo como copia de seguridad, ojo. También podemos prestar o regalar estas copias a otros sin restricciones, siempre que no exista ánimo de lucro (Art. 270 del Código Penal). ¿Por qué el Estado permite esto? porque se entiende que la cultura es importante, y que es más importante el acceso a la misma que la justicia salarial para quienes la generan (esto debe de ser una moda hippie, porque sólo viene escrito en la Constitución…).
¿Qué se considera ánimo de lucro?
Recibir beneficio económico por esa copia, es decir, venderla. Sin embargo, las sociedades de gestión, como la SGAE, afirman que si copio un disco me ahorro el importe del mismo, por lo que lo hago con ánimo de lucro. Creo que todos somos capaces de apreciar la falacia, que en la práctica eliminaría por completo el derecho a la copia privada. ¿Por qué el legislador incluyó en la ley esa frase de “ánimo de lucro?? Lo que la ley prohíbe, fuera de interpretaciones sesgadas, es comerciar con esas copias, lo cual personalmente considero razonable. Esa es la verdadera piratería.
Así que, con independencia de lo que digan algunos, es legal copiar discos, llevarlos en el coche y regalarlos a los amigos si nos apetece. Y esto tampoco me lo invento, está respaldado por la ley y por resoluciones judiciales.
¿Y es legal descargar música del eMule?
Por supuesto que es legal. En un momento dado la música se volvió digital, y empezó a contarse por bits y no por átomos. La industria discográfica sigue empeñada en vender átomos (los discos), cuando lo que nos interesa a nosotros son los bits (la música). Tratar la música como información y no como un objeto nos permite dejarle un disco a un amigo sin necesidad de que exista una copia física: nos vale con transmitírselo de alguna manera. Las redes P2P (la mula, vamos) permiten realizar este intercambio. Dicho intercambio no puede considerarse una difusión, y tampoco lleva asociado un ánimo de lucro, luego es legal descargar música a través de Internet a través de una red de este tipo.
¿Por qué surgió el canon?
El canon nació como un intento por compensar a los artistas por las posibles pérdidas que pueda acarrearles que ejerzamos el derecho a la copia privada.
Es importante remarcar que el canon sirve para compensar esta copia privada, y no para compensar la piratería. Por tanto es incorrecto decir que pagar el canon legitima para piratear. Eso es dar la razón a quienes quieren privarnos de ese derecho, que saben jugar muy bien a la desinformación cuando les beneficia.
El canon no es nada nuevo, se venía aplicando ya, por ejemplo, a las cintas. La cuestión es que hay que reconocer que un porcentaje muy elevado de las cintas que se vendían se usaban para copiar otras cintas o para grabar de la radio. Qué tiempos aquellos. Este canon no era tan injusto, aunque esto no quiere decir que fuera precisamente justo: durante mucho tiempo las entidades de gestión se beneficiaron de profesiones como el periodismo, que necesitaba hacer un uso intensivo de este material.
Pero vamos, que la mayoría de las veces las cintas se usaban para copiar música. Y este fue probablemente el inicio de la carrera de muchos artistas. Algunos de los cuales se permiten hoy hablarnos de justicia social y de cultura.
Cuando surgió el disco compacto es cuando todo se salió totalmente de madre. Porque si bien una cinta de casete se usaba casi siempre para almacenar audio, un disco es un soporte informático que tiene muchos posibles usos. Quiero decir que cuando mis padres iban de viaje hace años no guardaban sus fotos en una cinta, pero ahora sí que las guardan en un CD. En esta diversidad es donde la injusticia se hace más evidente, hasta el punto de haber convertido al canon en un impuesto totalmente arbitrario e injusto, además de desproporcionado.
No tiene sentido suponer que todo quien compra un CD va a utilizarlo para copiar un disco, como es absurdo pensar que alguien que compra un móvil multimedia va a utilizarlo para escuchar música.
¿Y ahora?
Ahora nada. Es deber de nuestros políticos recordar que los intereses de una industria con un modelo de negocio en crisis no son más importantes que los de todos los ciudadanos. Que la firma de cuatro culturetas en horas bajas no vale más que la de cientos de miles de contribuyentes. Que la cultura es un derecho, y no un privilegio. Que la sociedad de la información no se impulsa gravándola con impuestos. Que estamos inmersos en una nueva sociedad que será gracias a ellos o pesar de ellos, pero que será de todos modos.
Y es responsabilidad nuestra conocer nuestros derechos y exigir a nuestros políticos que los defiendan. Esta entrada quiere contribuir a ello: hasta ahora sólo me había centrado en criticar el canon (creo que mi opinión al respecto está más que clara), pero creo que siempre está bien ir más allá.